Noticias y actualidad

Mar, 2019

NOVEDADES LABORALES IMPORTANTES

Los 2 últimos Consejos de Ministros han adoptado medidas importantes por su transcendencia por la vía del Decreto Ley. Las medidas  afectan a cambios  en Leyes Orgánicas como son la de Igualdad y el Estatuto de los trabajadores, y ante la  situación de próximas elecciones, para que dichas medidas continúen en vigor necesitan el refrendo de una ley posterior.

 -REAL DECRETO-LEY 6/2019. MEDIDAS URGENTES DE IGUALDAD DE TRATO Y DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES  EN EL EMPLEO Y LA OCUPACION

 ● PATERNIDAD,

A partir del 1 de abril de 2019, la paternidad tendrá una duración de 8 semanas, 2 de las cuales deben disfrutarse en el momento del nacimiento, y el resto podrá disfrutarse hasta que el hijo/a cumpla los 12 meses

NUEVA PRESTACION A CARGO DE LA SEGURIDAD SOCIAL - EXTENSION DE LA LACTANCIA DE 9 A 12 MESES DE HIJO/A

 ● PLANES DE IGUALDAD EN LAS EMPRESAS. Las empresas de más de 50 trabajadores deberán contar con planes y establece un periodo transitario para poner en marcha la medida.

  • Empresas de más de 50 trabajadores: 3 años
  • Empresas de entre 100 y 150 trabajadores: 2 años
  • Empresas de más de 150 trabajadores : 1 año

● CONCILIACION VIDA FAMILIAR Y LABORAL, se incluye en el derecho a adaptar la jornada a las necesidades familiares, incluyendo el trabajo a distancia.

REAL DECRETO- LEY 8/2019. MEDIDAS URGENTES DE PROTECCION SOCIAL Y CONTROL DE LA JORNADA.

 ● REGISTRO DE LA JORNADA DE TRABAJO.  MUY IMPORTANTE PARA TODAS LAS EMPRESAS CON TRABAJADORES

Se modifica el art 10 del Estatuto de los Trabajadores, para incluir un nuevo apartado  que obliga a las empresas a realizar un registro diario de la jornada de todos los trabajadores, que deberá incluir horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora. La empresa deberá conservar los registros durante 4 años. La medida será obligatoria en 2 meses, el 12 de mayo de 2019.

BONIFICACIONES EN LA COTIZACION A LA SEG. SOCIAL A LA CONTRATACION DE PERSONAS DESEMPLEADAS DE LARGA DURACION.

Bonificación por la contratación indefinida  de desempleados al menos  12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación, se debe mantener 3 años en el empleo al trabajador, así como mantener el nivel de empleo alcanzado con la contratación. Las bonificaciones son :

1300.-€ al año durante 3 años en el caso de hombre y 1500.-€ al año durante  3 años en el caso de ser mujer.

SUBSIDIO PARA PERSONAS MAYORES DE 52 AÑOS.

Se reduce la edad de acceso a los 52 años. No será necesario tener los 52 años en el momento del hecho causante (p. ejemplo finalización de la prestación de desempleo), por lo que permite el acceso en el momento de cumplir dicha edad.

Cambio en la duración: antes se percibía hasta que la persona beneficiaria pudiera acceder a cualquier modalidad de pensión contributiva por jubilación, y ahora se podrá percibir hasta el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.

-Se elimina la consideración de las rentas de la unidad familiar para el acceso al subsidio.

-La cotización durante la percepción del subsidio pasa del 100% de la base mínima al 125%

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